Al trabajar en su Plan Patrimonial, hay muchas opciones. ¿Debería usar un Testamento o un Fideicomiso? ¿Quiénes son sus beneficiarios? ¿Deberían sus activos establecerse como Transferencia al Fallecimiento o POD? Trabajar con un Abogado de Planificación Patrimonial experimentado en Florida ayudará a aliviar la confusión y establecer un Plan Patrimonial personalizado.
¿Qué es una Transferencia al Fallecimiento?
Una Transferencia al Fallecimiento es un instrumento o escritura que se usa principalmente con acciones, bonos, una compañía de corretaje y cuentas de jubilación como un 401(k) y un IRA. Las escrituras de Transferencia al Fallecimiento (TOD) son beneficiarios nombrados que reciben activos después de la muerte del propietario de la propiedad sin necesidad de sucesión. Su cartera se transfiere automáticamente a la persona nombrada en su TOD cuando fallece. La firma de corretaje no paga los activos; ellos mueven las acciones o bonos a una cuenta a nombre de la nueva persona. Si el beneficiario no tiene una cuenta, la firma de corretaje abrirá una. El tribunal de sucesión no está involucrado, ahorrando tiempo y dinero al beneficiario.
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¿Qué sucede si su TOD y Testamento están en conflicto?
Digamos que su Testamento instruye que todos los activos (incluyendo tierras y acciones) se dejen a la persona A, pero su TOD nombra a la persona B.
- Una Transferencia al Fallecimiento prevalece sobre un Testamento o Fideicomiso. Independientemente de a quién nombre el testamento o fideicomiso como beneficiario, el TOD transferirá todas las acciones y bonos a la persona B.
- Pero un cónyuge sobreviviente prevalece sobre un TOD. Según las leyes de Florida, sin importar a quién nombre como beneficiario en el TOD, las inversiones financieras se entregarán a su cónyuge sobreviviente.
Diferencia entre una Transferencia al Fallecimiento y un Pago al Fallecimiento
La principal diferencia entre un TOD y un POD son los activos para los que se usa cada uno.
- Una Transferencia al Fallecimiento generalmente se establece para acciones, bonos, cuentas de corretaje y cuentas de jubilación.
- Un Pago al Fallecimiento generalmente se establece para cuentas bancarias y de mercado monetario y Certificados de Depósito (CDs).
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Por qué es importante una Transferencia al Fallecimiento
En Florida, una Transferencia al Fallecimiento es importante en cuentas de jubilación porque se extienden beneficios favorables a la ‘persona natural’ que posee la cuenta. Con un Testamento o Fideicomiso normal, los beneficiarios no son los propietarios originales; el dinero entregado puede estar sujeto a grandes impuestos y el dinero puede estar vinculado a acreedores. Esto significa que los acreedores pueden tomar su parte del dinero que desea dejar a sus seres queridos. Pero cuando su 401(k) o IRA se establece con un TOD, las exenciones fiscales y otros beneficios se transfieren al beneficiario que se convierte en la ‘persona natural’ que posee los activos.
Desarrollar un Plan Patrimonial que permita que algunos activos se transfieran fuera del tribunal de sucesión es una forma efectiva de agilizar el proceso.
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¿Quién tiene el control de la Transferencia al Fallecimiento?
Los activos se distribuyen a los beneficiarios solo tras la muerte del propietario. Mientras esté vivo, solo el propietario tiene acceso y control de una cuenta TOD. Los beneficiarios no tienen control ni acceso a la cuenta mientras el propietario esté vivo.
Los beneficiarios no pueden hacer cambios ni retiros de la cuenta TOD hasta que fallezca y la firma de corretaje mueva los activos a su cuenta. Así que no se preocupe; usted aún tiene control total sobre su cartera hasta que fallezca.
La Transferencia al Fallecimiento NO se aplica a la propiedad
El estado de Florida no reconoce TOD en bienes raíces. Esto significa que no puede escribir una Transferencia al Fallecimiento para ninguna propiedad que posea.
Y si desea dejar bienes raíces a la persona con la que vive, es mejor tener la propiedad a nombre de ambas personas ya que no se les dejará automáticamente una vez que usted fallezca. En Florida, la supervivencia no aplica a parejas que viven juntas pero no están casadas.
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Reunirse con un Abogado experimentado asegurará que tenga un Plan Patrimonial específico para usted y sus necesidades basado en la forma más eficiente de distribuir sus activos después de su muerte.
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